Introducción
Un problema con el que siempre se encuentra el autónomo es cómo separar los gastos personales de los de su actividad económica. El problema aumenta cuando la actividad profesional o empresarial se desarrolla en el domicilio particular.
Históricamente, en esa situación, prácticamente ningún gasto era deducible ya que es imposible de separar. Sin embargo, hay que tener en cuenta que sí hay gastos que aumentan cuando trabajamos en casa: calefacción, aire acondicionado, Internet, …
¿Hay gastos deducibles si trabajas en casa?
Por suerte, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (Ley 6/2017, de 24 de octubre) introdujo, entre otros cambios, la posibilidad de considerar parte de esos gastos, así como otros de estructura como el IBI y otros impuestos y tasas, como gastos deducibles si trabajas en casa.
Requisitos
El principal requisito es que la Agencia Tributaria sepa que desarrollas tu actividad en tu domicilio.
Para ello, debes indicarlo en la Declaración Censal (modelos 036 o 037), detallando los metros cuadrados que destinas al desempeño de dicha actividad.
Tipos de gastos
Una vez comunicada a Hacienda la situación, debemos tener en cuenta que se distinguen entre dos tipos de gasto:
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- Los intrínsecos a la vivienda (estructurales): amortización, IBI, seguro del hogar, comunidad de propietarios, …
- Los suministros: electricidad, agua, calefacción…
Deducciones
Para calcular las deducciones tenemos que tener en cuenta el tipo de gasto y el % de metros cuadrados afectos a la actividad económica.
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- Gastos intrínsecos a la vivienda: en este caso, podrás deducirte un % igual a los metros afecto a la actividad que hayas indicado en tu Declaración Censal. Por ejemplo, si tu despacho representa un 15% de la superficie total de tu vivienda, podrás deducirte el 15% del IBI así como del resto de los gastos incluidos en esta categoría.
- Suministros: en este caso, solo podrás deducirte el 30% del porcentaje afecto a la actividad. Siguiendo con el ejemplo anterior, de la factura de electricidad solo te deducirías el 30% de lo que resulte de aplicar el 15% a dicha factura.
Más información
Si quieres tener toda la información sobre los gastos deducibles si trabajas en casa, contacta con Asesoría Cánovas, llamando al 955 97 38 08, por correo electrónico a info@asesoriacanovas.com o enviando un mensaje a través de nuestro formulario de contacto.